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Consecuencias del supercepo

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Héctor Rubini 18 septiembre de 2020

Por Héctor Rubini (*)

El supercepo cambiario está en marcha. Su recepción no ha sido auspiciosa y tampoco queda en claro si revertirá la dolarización de ahorros sin convencer al público de cuál es el rumbo futuro de las políticas económicas en curso.

La Comunucación “A” 7104 condiciona las nuevas prefinanciaciones a grandes empresas exportadoras a la conformidad previa del BCRA. De acuerdo al comunicado de prensa de la autoridad monetaria se apunta a liberar capacidad prestable de la banca privada para que se oriente a prefinanciar exportaciones de pymes exportadoras. Pero es decisión de las entidades privadas aceptar o rechazar solicitudes de ese tipo de financiaciones. ¿No se otorgaban en monto suficiente por falta de fondos? De existir esa limitante, ¿no tendría nada que ver con la creciente absorción de liquidez de las entidades vía pases pasivos y colocación de Leliq?

La Comunicación “A” 7105 establece previo a la apertura de cuentas de caja de ahorros en dólares un mecanismo de chequeo cruzado entre las entidades financieras y la Anses orientado básicamente a denegar dicha apertura a personas físicas que sean trabajadores en relación de dependencia, jubilados o trabajadores autónomos, monotributistas o de casas particulares que en los últimos 3 años hayan percibidos subsidios de carácter alimentario.

Para los ya titulares, las entidades financieras deberán evaluar si los ingresos de los titulares justifican la acreditación de nuevos importes, salvo que provengan del exterior. Las cuentas de más de un titular sólo podrán tener acreditaciones por compra de moneda extranjera para portafolio solo por uno de ellos.

La medida apunta a desalentar la compra de dólares. Efecto inevitable: aumento de transacciones en el mercado “blue” y percepción subjetiva de que el próximo paso podría ser alguna forma de suspensión al retiro de fondos de esas cuentas, o de su conversión por efectivo en moneda local.

La Comunicación “A” 7106 permite acceder al mercado cambiario oficial para luego cancelar deudas en moneda extranjera por más de US$ 1.000.000 antes del 31 de marzo de 2021, solamente podrán comprar en el mercado cambiario oficial hasta el “40% del monto del capital que vencía”, mientras que el 60% restante deberá ser “refinanciado con un nuevo endeudamiento externo con una vida promedio de dos años”.

Un inconveniente para las empresas con deudas con acreedores externos que altera arbitrariamente las condiciones originales de los contratos de deuda. Por definición es un “default event” provocado por voluntad ajena a las empresas involucradas. Además, la norma obliga a las empresas a presentar al BCRA antes de fin de este mes un plan de refinanciación de los vencimientos de esos pasivos externos hasta el 31/12/21, y para los restantes, como mínimo 30 días antes de los vencimientos de capital. Nada se prevé para los casos en que el acreedor externo eventualmente se rehúse a las citadas refinanciaciones.

La citada resolución estableció que los pagos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual de “dólar ahorro” de US$ 200. Se permiten sólo y pasa a prohibir la participación de no residentes en transacciones en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera, salvo los adquiridos en el país a partir del 16/09/20 a ser mantenidos en cartera del inversor extranjero por no menos de un año.

El BCRA advirtió que “junto a las entidades financieras perfeccionará el control y monitoreo respecto de la capacidad económica y de ingresos requeridos para la apertura de nuevas cuentas bancarias en dólares y se limitará el acceso de cotitulares a la compra de dólares”. Es claro que toda esta batería de medidas apunta a desalentar la demanda de moneda extranjera y frenar la caída de reservas internacionales. En el mediano plazo a forzar una desdolarización de carteras y neuronas, canalizar divisas de los ahorros privados al Estado y desde allí direccionar el uso de las mismas al financiamiento de importaciones entendidas como “necesarias”.

Explícita o implícitamente, se trata de una batería de medidas que, además de incrementar los ingresos del fisco, apunta al direccionamiento del crédito a las actividades que las autoridades entienden que son “prioritarias” para crear empleo y volver a crecer. Pero estas normas han desautorizado la palabra del Ministro de Economía que el domingo descartaba en un reportaje a La Nación todo aumento del rigor del cepo.

Como era de esperar, el dólar “blue” se ha movido a la suba. Es igualmente incierto su comportamiento, pero si bien se mantiene estable el dólar oficial, no pocos formadores de precios locales toman como referencia la cotización no oficial para subir precios “por las dudas”. Con miras al largo plazo, las medidas ponen un “tapón” de emergencia para detener la pérdida permanente de reservas internacionales que puede tornar insostenible la paridad cambiaria.

Algunos funcionarios han admitido haber descartado la alternativa de devaluar la moneda, para evitar un shock inflacionario inmanejable, y la de tomar deuda externa para sostener reservas, a efectos de no repetir la experiencia de la administración anterior.

Sin embargo, es claro que al tiempo que se han postergado vencimientos de deuda con bonistas extranjeros luego del default de la deuda pública, la nueva normativa no sólo significa un default técnico privado con acreedores externos. Los expone (salvo quizás para firmas extranjeras subsidiarias de casas matrices del exterior) a varias alternativas complicada: a) que el acreedor externo rehúse refinanciar a 2 años o más el 60% de sus cuentas a cobrar, b) que en ese caso el BCRA impida todo pago al exterior, o c) que el BCRA impida remitir pagos con divisas no obtenidas por el canal oficial o el comercio exterior. En cualquiera de los casos, supone directa o indirectamente sobrecostos para hacerse de divisas y cancelar esos vencimientos, que pueden deteriorar seriamente no sólo el capital de trabajo de las firmas, sino la viabilidad de no pocas actividades comerciales.

La decisión aumenta la percepción de riesgo jurídico dentro y fuera del país, y por cierto desalienta futuras inversiones directas, justamente en un contexto en el que no escasea la liquidez a bajo costo en los países desarrollados. En el corto plazo puede complicar la continuidad de la cotización de obligaciones negociables en el exterior, y la viabilidad de nuevas emisiones.

Si la verdadera intención es la de promover la producción y el empleo, estas medidas no contribuyen a incentivar la inversión ni aseguran despejar la incertidumbre para los próximos meses. El intento de desdolarizar ahorros y neuronas de manera compulsiva no es el primero en nuestro país. Ninguno ha sido exitoso. Dos precondiciones, de mínima son a) un programa convincente y creíble que inequívocamente asegure una inflación a la baja y de manera permanente, y b) previsibilidad y seguridad jurídica.

El megacepo indica, guste o no, que no estarían dadas ninguna de estas condiciones y en ese caso, continuará sin cambios la incertidumbre sobre el futuro de las reglas de juego, las expectativas de devaluación y el éxodo de empresas. Claramente en algún momento estas medidas deberán ser abandonadas. Caso contrario, se profundizará la recesión, el empobrecimiento, y el clima de creciente irritabilidad que se observa en las últimas semanas.

(*) Economista de la Universidad del Salvador (USAL)

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