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Ley de Telegestión de Lobby para un Gobierno Abierto

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15 julio de 2020

Por Javier Adrián Cubillas Analista de Asuntos Públicos

Los 37 años de democracia nos dieron recientemente una Ley de Acceso a la Información Pública pero no bastaron para lograr acuerdos políticos a efectos de regular mediante una ley marco la gestión de intereses o lobby en el nivel federal o nacional. Es un tema aún tabú para la sociedad.

La última discusión sobre regulación de gestión de intereses en un marco institucional -con Orden del Día- fue en el Senado de la Nación e impulsada por Miguel Angel Pichetto a fines de 2018, pero nunca avanzó hacia el recinto.

No pudiendo lo anterior, ahora en plena pandemia, ya nos encontramos con la necesidad de recontextualizar la necesidad de regular ni más ni menos que un derecho de petición a las autoridades, en el marco de la Constitución Nacional, con un sentido innovador y debatir en algún momento la necesidad posterior al Covid-19 de una ley de Telegestión de Interés, Incidencia, Cabildeo o Lobbying (según la denominación se quiera) mediada por los software de videollamadas y reuniones virtuales, como Zoom o semejantes

Por ende, a la posibilidad de reunión clásica o presencial debemos contemplar definitivamente la posibilidad de reunión a distancia y su registro público en tanto la potencialidad de influencia de distintos actores sociales o la consulta de funcionarios a estos hoy es ilimitada en tiempos, horarios y lugares (7 días a la semana por 24 horas) gracias al neologismo que creemos puede identificar esta práctica: el ZoomLobbying.

La ley que aún hoy nos falta, como pieza clave para transparentar el proceso de toma de decisiones de los funcionarios públicos, es determinante para un sistema representativo de gobierno que se moderniza y progresa hacia uno más participativo o de gobernanza pública.

Una buena ley de cabildeo y telecabildeo es el complemento perfecto para las actuales normas de integridad sobre regalos a funcionarios, peticiones por cambios en normativa de producción y comercio, en las compras públicas propias del Estado, o en las consultas por acciones de implementación o co-creación de las nuevas políticas públicas que un Gobierno realiza.

Estamos obligados, por ende, después de 37 años de democracia, a dejar atrás las lógicas sectoriales extractivas o radicalizadas para poder avanzar en metas de mayor pluralidad y cooperación social que produzcan bienes públicos inclusivos mediante un reconocimiento y regulación republicana de la gestión presencial y la telegestión de interés, lobby, incidencia o cabildeo. No olvidemos la frase: la luz del sol es el mejor desinfectante.

Por esto, finalmente y sólo a efectos enunciativos, una medida de esta naturaleza debe discutirse en los ámbitos legislativos correspondientes pudiendo acordar una regulación que contemple aspectos como una definición de gestor de interés, un registro público habilitante, obligaciones para mantener la habilitación de gestor, el registro único de reuniones físicas o a distancia con funcionarios, quiénes están excluidos de realizar gestiones, la denominada puerta giratoria, la protección a la libertad de expresión, las sanciones administrativas y penales por incumplimiento de la norma y una autoridad de aplicación en cada poder del Estado.

Se aspira y plantea aquí por tanto que en la actualidad pandémica se vuelva real el ideal institucional de Gobierno Abierto y/o Estado Abierto si somos realmente omnicomprensivos, con normas de transparencia para gestores de intereses y transparencia activa vigente por la Ley de Acceso a la Información Pública, para avanzar con objetivos y prácticas inclusivas y no extractivas o radicalizadas, como actualmente ocurre cuando no hay conocimiento público de las gestiones privadas ante el Estado.

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