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Buscan proteger a las pymes ante ejecuciones y pedidos de quiebra

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28 julio de 2020

Con más de cuatro meses de cuarentena (y bajas expectativas de un pronto regreso a la normalización), la crisis económica actual continúa afectando fuertemente a las empresas de todo el país, especialmente, a las pequeñas y medianas. En ese marco, la cantidad de negocios que están cerrando de manera definitiva es preocupante, sobre todo en el AMBA (ciudad de Buenos Aires y conurbano), la zona más afectada por los controles.

El último relevamiento realizado la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (Fecoba), que fue difundido a mediados de este mes, verificó que desde que comenzó la cuarentena el 22% de los locales comerciales de la ciudad de Buenos Aires (24.200 pymes) cerraron de forma definitiva. Por su parte, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came) estima que hay cerca de 60.000 pymes en situación crítica, ya sea que cerraron o que están por cerrar.

En este contexto de enorme gravedad para las pymes, y ante la apertura de esta semana de los juzgados del fuero comercial, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) reclamó ayer la “urgente sanción” de una ley que “colabore con la protección del entramado productivo local” frente al impacto económico sobre las pymes a través de medidas como la “suspensión de las declaraciones de quiebras o las ejecuciones de garantías”.

Así lo expresó a través de un comunicado, en el que indicó que una medida de este tipo “no sólo significará un paliativo para un gran número de empresas y los trabajadores que en ellas se desempeñan sino que, también, al evitar un mayor retroceso macroeconómico, resultará beneficioso para el conjunto de la Nación”. En ese sentido, la CAC solicitó públicamente el tratamiento de un proyecto que había sido presentado por un grupo de diputados nacionales de Juntos por el Cambio a principios de mayo.

En respuesta al pedido de la entidad, las diputadas nacionales por la Coalición Cívica-ARI Marcela Campagnoli y Paula Oliveto presentaron ayer un proyecto de ley en el que proponen suspender las ejecuciones patrimoniales por deudas y pedidos de quiebra para las pymes originadas con posterioridad al 20 de marzo, fecha en que empezó a regir el aislamiento social.

“La prohibición alcanza a ejecuciones prendarias e hipotecarias de cualquier origen; embargo de las cuentas corrientes bancarias y cobro de deudas de cualquier origen”, detalla la iniciativa. El proyecto establece también que el Banco Central proceda a “reglamentar la eliminación de toda restricción que de cualquier modo impida, obstaculice o encarezca el acceso al crédito de las personas humanas y/o jurídicas concursadas”.

“En este marco se requiere indefectiblemente la instrumentación de medidas transitorias que resulten eficaces para evitar la quiebra de empresas y la eventual pérdida de innumerables fuentes de trabajo”, sostiene el proyecto, el cual resalta la situación “dramática” en la que se encuentran las pymes como consecuencia de la fuerte caída de la actividad, la cual ha generado “una dura reducción en los ingresos, suspensión y/o despidos de personal, brusca caída de la capacidad de afrontar sus obligaciones en tiempo y forma y la suspensión o el corte total de la cadena de pagos en varios sectores”.

La iniciativa de Campagnoli y Oliveto se suma a otras similares que impulsan los diputados nacionales Cristian Ritondo, de Juntos por el Cambio, y Carlos Selva y Graciela Caamaño, del Frente Renovador. El Frente de Todos observa con buenos ojos el debate (de hecho, tiene su propio proyecto, diseñado por la ministra de Justicia, Marcela Losardo) y la clave será la capacidad de los legisladores de consensuar un proyecto.

Por su parte, la Came solicitó en los últimos días el tratamiento de una ley de emergencia productiva y crediticia para mejorar la situación de los deudores concursados, cuya vigencia deberá extenderse durante la emergencia.

En una serie de puntos, la entidad propone suspender por el plazo de 180 días el trámite de los pedidos de quiebra y reducir al 50% la tasa de justicia que se debe abonar en los concursos. También pide “ampliar por 180 días corridos el período de exclusividad establecido en el art. 43 de la Ley 24.522 para que el deudor pueda formular propuestas de acuerdo preventivo” y “suspender por el plazo de 180 días contados a partir de la vigencia de la presente ley en los concursos preventivos, la totalidad de las ejecuciones judiciales y extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias”.

La entidad propone también ampliar por un año el vencimiento de las cuotas concordatarias pactadas en los acuerdos concursales judiciales o extrajudiciales homologados. Otro de los puntos consiste en instrumentar que el Banco Central reglamente el otorgamiento de créditos a empresas concursadas, además de disponer que las empresas concursadas puedan contratar libremente con el Estado siempre que reúnan las condiciones exigidas por este último.

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