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Las tarifas de electricidad y gas natural estarán congeladas hasta fin de año

19 junio de 2020

Hoy el Gobierno prorrogó por 180 días el congelamiento de las tarifas de electricidad y gas natural, determinado en la Ley de Emergencia Social. Además, se extendió por el mismo período la prohibición de suspensiones o el corte de servicios. 

Ambas medidas fueron tomadas a través del Decreto 543/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, el cual consideró “la continuidad de la prestación de los servicios públicos comprendidos en la medida, sobre todo en los sectores de mayor vulnerabilidad o en aquellos sectores gravemente afectados en su economía por la pandemia, cobra vital importancia en las condiciones de aislamiento establecidas”.

De esa forma amplio de tres a seis meses las facturas impagas, consecutivas o alternas, que un usuario incluido dentro del grupo de personas en situación de vulnerabilidad podrá acumular sin que la empresa, de cualquiera de los servicios públicos, pueda interrumpir el suministro.

La normativa precisó que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.

Los hogares vulnerables son aquellos donde vivan beneficiarios de las asignaciones  universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE); de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, actualmente en $ 16.875; monotributistas sociales; y jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVM.

Además, están comprendidos los monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo; los que perciben seguro de desempleo; los electrodependientes; las empleadas domésticas y los exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza

Asimismo, en uso de la atribución conferida por el artículo 5° de la Ley 27.541, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso ampliar por otros 180 días, hasta fin de este año, la vigencia del congelamiento de las tarifas de servicios públicos.

Por otro lado, el decreto prorrogó hasta el 28 de junio próximo, la obligación de las prestadoras de brindar un servicio reducido que garantice la conectividad, a los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o Internet que no abonaren la correspondiente recarga para acceder al consumo.

“Ello, en función de las necesidades de la población para acceder a los servicios básicos que aseguran mínimas condiciones sanitarias, para comunicarse con los servicios de emergencia, para obtener información en materia de salud, para conocer las disposiciones de gobierno, para posibilitar el acceso a plataformas y contenidos educativos y a la gestión administrativa de subsidios o facilidades brindadas por el gobierno, entre otras muchas funcionalidades básicas indispensable”, remarcó el DNU.

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