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Algunas ideas para evitar la hiperdesocupación poscuarentena

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24 mayo de 2020

Por Jorge Bertolino Economista

El titular del gremio de Empleados de Comercio, Armando Cavallieri, expresó recientemente su preocupación por el obligado cierre de empresas y la creciente desocupación que se avecina.

Opinó, además, que la realidad impondrá una reforma laboral y recomendó un acuerdo social para implementar este y otros cambios que serán necesarios para evitar una avalancha de despidos en los próximos meses.

Las ideas aquí expuestas pretenden brindar un aporte a la idea original del sindicalista, y buscan evitar el inútil antagonismo entre propuestas extremas que tienen asegurado su fracaso, ya que en un caso, la inacción traería graves consecuencias, y en el otro, su aprobación en el Congreso sería  inviable.

Nos referimos a las alternativas de no tocar la legislación laboral y dejar todo como está, por un lado, con prohibición de despidos y/o doble indemnización incluidos.

Y por el otro, la propuesta de implementar una reforma laboral completa y profunda que otorgue plena flexibilidad a la contratación y elimine todos los privilegios que encarecen los costos laborales no salariales.

En lugar de medidas extremas, sería útil, entonces, la aprobación de una norma transitoria, que asegure plena flexibilidad a las partes contratantes (empleados y empleadores) por un lapso de un año, por ejemplo, en cuanto a las modalidades del contrato laboral, las tareas que se asignan y su remuneración.

De esta manera, estaría permitido que se negociara a nivel de empresa y de manera individual. Todo estaría permitido, si las partes lo acordaran. Nada sería obligatorio y sería optativo acordar conforme a las reglas vigentes en la actualidad. Esto último, seguramente otorgaría menores posibilidad de conseguir empleo a quien demande estas condiciones, pero sería posible hacerlo.

Podría acordarse también la rebaja o inexistencia de indemnizaciones por despido y la creación de un fondo de desempleo similar al que rige para la industria de la construcción o un régimen tipo mochila austríaca administrado por las partes, sin intervención estatal.

Durante la vigencia de esta ley, la duración de la relación laboral podrá fijarse libremente, sin plazo mínimo y sin prohibirse que, quienes lo prefieran, acuerden por tiempo indeterminado.

Estos nuevos puestos laborales, ya que la norma estaría dirigida únicamente a los empleos a crearse y no a los vigentes con anterioridad, deberían estar exentos de las graves cargas no salariales que encarecen el costo para el empleador. Podría fijarse un costo total único de 15% sobre la masa salarial: 10% de aporte jubilatorio y 5% para obra social.

Con costos menores y certeza respecto de la carga para eventuales despidos, la contratación seguramente aumentaría significativamente respecto a la situación actual, de total inflexibilidad y falta de libertad para acordar contratos individuales o por empresa.

Se dejaría para el fin de la emergencia sanitaria y laboral la discusión de un régimen definitivo que otorgue mayor libertad y menores costos al mundo laboral, a fin de incentivar la inversión reproductiva que aumente la tasa de crecimiento de la producción y el empleo, que tan rezagado estuvo en las últimas décadas.

Por último, sería razonable permitir que quienes cobren planes sociales no los pierdan si acceden a estos nuevos empleos. El Estado continuaría con su pago, y los beneficiarios tendrían un doble ingreso.

Se evitaría el desincentivo de la pérdida del plan y se promovería la cultura del trabajo. En una etapa posterior, podría exigirse optar por el empleo o el plan. Aunque, quien opte por el primero, podría seguir cobrando el plan, por ejemplo, durante seis meses, luego 75% por otros seis, 50% luego y finalmente 25%. Luego de dos años, el costo estatal será nulo y se habrá creado un empleo en reemplazo de un plan.

Un último apunte podría ser copiar una estrategia china: la creación de zonas económicas exclusivas (ZEE) en las que tengan vigencia transitoria o permanente estas reglas descriptas anteriormente.

Podría beneficiarse con este régimen a zonas densamente pobladas, con alta marginalidad, alta dependencia de los planes sociales estatales y escasa cultura por el trabajo.

Podría agregarse, además, para empresas nuevas con empleos nuevos, en estas ZEE, la vigencia de un impuesto a las ganancias reducido. Una tasa de 15% o 20% atraería nuevos actores nacionales e internacionales y la inversión, la producción, el empleo y los salarios se beneficiarían rápidamente.

Si estas experiencias son exitosas, podrían ampliarse en el futuro para abarcar mayores dimensiones territoriales hasta hacerse nacionales, si es que la sociedad aprueba estos cambios que seguramente parecerán novedosos pero prácticos y no significarán un salto al vacío con pérdida de derechos laborales para los actuales empleados.

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