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La emergencia debería ser el inicio para una reforma previsional

Jorge Colina 18 diciembre de 2019

Por Jorge Colina Idesa

El proyecto de emergencia enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso tiene la particularidad de que enfrenta la severa crisis fiscal aumentando la presión impositiva y buscando controlar el crecimiento del gasto público con una medida polémica. Se propone suspender la actual regla de movilidad de las jubilaciones y pasar a otorgar aumentos discrecionales de haberes decididos por el Poder Ejecutivo.

Desde el punto de vista económico, no caben dudas de que el gasto previsional es el más desestabilizador de todos ya que representa la mitad del gasto público primario y aumenta con la inflación pasada. Ciertamente ?como dijeron las autoridades económicas? esto no ayuda a desindexar. Pero, desde el punto de vista judicial, esta medida puede generar muchos aumentos de gastos a futuro por la judicialidad que puede provocar.

En primer lugar, se plantea que los aumentos se concentrarán en los haberes inferiores por motivos de solidaridad. Esta es una medida que ya se aplicó entre el 2002 y el 2008 y trajo como consecuencia una enorme cantidad de juicios previsionales por efecto del fallo Badaro. En este fallo, la Corte Suprema dijo ?a grandes rasgos? dos cosas que hoy se están poniendo en cuestión: a) que a los haberes previsionales no se les puede negar una razonable movilidad en entornos de altas inflación, aun cuando se trate de haberes que sean superiores al mínimo, y b) que el Congreso debe sancionar una regla de movilidad, no debiendo quedar la movilidad a libre discrecionalidad del administrador.

En este sentido, esta medida previsional de negar movilidad ya se probó y trajo como consecuencia más de 350.00 juicios previsionales con un costo de mediano plazo de casi 1% del PIB de aumento del gasto previsional. En el sistema previsional argentino, por su alta propensión a la litigiosidad, la negación de movilidad es una ahorro presente que genera una deuda pública no registrada y que se paga a futuro con mayor gasto previsional.

Ciertamente que el período de movilidad que se propone en el proyecto de Ley de Emergencia sería sólo por 180 días. Si efectivamente la suspensión de la movilidad es solamente por este corto período, la litigiosidad se vería más limitada que la que ocasionó el caso Badaro, ya que no habrá habido seis años de falta de movilidad sino sólo seis meses. Pero de todas formas, las prestaciones que no tuvieron movilidad durante esos 6 meses deberán ser, aunque sea parcialmente, recompuestas para que no generen, al menos, excesiva litigiosidad. En este caso, el control del gasto previsional habrá durado sólo 180 días, ya que el gasto previsional aumentará con la recomposición.

Asimismo, la recomposición de los haberes a los que le fue negada la movilidad por 180 días no cabrá sólo a los haberes actuales sino también a los haberes de las personas que se jubilen a partir del 1ro. de enero del 2020, ya que habrá que recalcularles el haber inicial una vez que se decida cómo recomponer los salarios pasada la suspensión de la emergencia.

En suma, las reglas del sistema previsional argentino son muy defectuosas. No solamente la regla de movilidad sino un montón de otras que suman inequidad e insostenibilidad. Por ejemplo, actualmente el sistema está continuamente duplicando prestaciones ya que el universo de personas que tiene una jubilación ?sea contributiva o por moratoria? acumula un segundo beneficio de pensión cuando muere el cónyuge. Esta duplicación ya asciende a 1,2 millones de personas que reciben jubilación y pensión a la vez o 20% de los jubilados. Asimismo, se estima que una parte importante del gasto previsional se explica por una minoría que cobra haberes por encima del tope jubilatorio, que es de $103 mil. Esta minoría cobra haberes por encima del tope sea porque tiene regímenes especiales (de privilegio) o hizo juicio previsional para acceder a haberes superiores al tope.

La solución de fondo a la insostenibilidad previsional es una reforma que le devuelva equidad y consistencia financiera. Suspender la movilidad en la emergencia, podrá ser un transitorio alivio, pero tarde o temprano, va a implicar una recomposición del gasto previsional.

En otras palabras, así como la emergencia previsional podría justificar la suspensión de la movilidad, entonces debería obligar a empezar a hablar de una reforma previsional de fondo que busque mayor equidad y sustentabilidad a la previsión social en Argentina.

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