El Economista - 70 años
Versión digital

sab 20 Abr

BUE 19°C

Establecen una moratoria con quita para pymes

18 diciembre de 2019

En el marco de la Ley de Emergencia Pública que impulsa el Gobierno, establecieron que las micro, pequeñas y medianas empresas que tengan deudas tributarias con la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) podrán acogerse a un plan de pagos de hasta 120 cuotas, el cual incluye una quita tanto en las multas como en los intereses generados.

La moratoria alcanzará a las obligaciones vencidas al 30 de diciembre de 2019 inclusive. Para acceder al plan de pagos, las empresas deberán estar registradas en MiPyMEs (también se extiende a entidades sin fines de lucro). Se pueden refinanciar planes vigentes o caducados. Se incluyen las deudas aduaneras.

Para pago de contado, hay una quita del 15% de la deuda consolidada. Los planes de pago son de 60 cuotas para deudas previsionales y de 120 cuotas para el resto de los impuestos. La tasa es del 3% durante los primeros doce meses y luego será la tasa variable equivalente a Badlar utilizable por los bancos privados. Se delegará a la Afip la posibilidad de establecer condiciones para pagos anticipados.

Entre los beneficios, se encuentra la condonación de las sanciones penales (inclusive procesos en curso), las multas y un tope de intereses, según la fecha de la deuda. También se condonan las multas por incumplimiento de deberes formales que se cumplan o se hubiesen cumplido. Se permite ingresar a la moratoria a agentes de retención y percepción, inclusive a aquellos que percibieron/ retuvieron y no depositaron.

“Algo muy importante (con lo que pretenden diferenciarse de la gestión anterior) es que la calificación de riesgo que posea el contribuyente ante la Afip no será tenida en cuenta para la caracterización del plan de facilidades de pago. Es una gran noticia y una señal que las MiPyMEs estaban esperando, agobiadas por la situación económica y por la presión que ejerció la Afip sobre ellas durante los últimos años”, resaltó Diego N. Fraga, socio de RCTZZ Abogados.

Sin embargo, Fraga considera que la moratoria debería ser generalizada para todos los contribuyentes. “Si bien es una mala señal para los contribuyentes cumplidores, el contexto financiero actual lo justifica. Además, puede generar recursos de manera relativamente rápida al actual Gobierno. Lamentablemente, el proyecto no contiene un premio o incentivo a los contribuyentes cumplidores. El proyecto no dice nada del plazo de gracia, aunque hay algunas delegaciones a Afip que podrían usarse en este sentido”, señaló el especialista.

Además, comentó que un punto que no contempla el proyecto es la situación de aquellos contribuyentes que fueron injustificadamente expulsados del monotributo por la Afip en los últimos años (se habla de cifras cercanas a los tres millones de contribuyentes), ya que “se los arrojó a un abismo y se les están reclamando deudas ficticias e impagables”, a lo cual se le suma la fuerte carga fiscal que implica pasar a ser autónomo y responsable inscripto durante por lo menos tres años.

El proyecto especifica que será la Afip la encargada de establecer “los plazos, formas, requisitos y condiciones para acceder al programa de regularización que se aprueba por la presente y sus reglas de caducidad” y que también “definirá condiciones diferenciales” para “estimular la adhesión temprana al mismo” y “ordenar la refinanciación de planes vigentes”.

En esta nota

Seguí leyendo

Enterate primero

Economía + las noticias de Argentina y del mundo en tu correo

Indica tus temas de interés