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Se establecieron nuevos límites para preventivas

Se oficializaron cambios en las reglas para encarcelar durante la investigación y Julio De Vido pidió ser liberado

20 noviembre de 2019

Una buena parte del nuevo Código Procesal Penal Federal entrará en vigencia el viernes, tras una resolución que se publicó ayer en el Boletín Oficial. La normativa, entre otros puntos, establece límites y criterios para la decisión de dictar prisiones preventivas y, ante esos cambios, el exministro de Planificación Federal, Julio De Vido, actualmente detenido en la cárcel de Marcos Paz, solicitó su excarcelación.

Ayer, se publicó en el Boletín Oficial una resolución de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal en la que se decidió implementar once artículos del nuevo ordenamiento, entre los cuales está el 210, que establece los nuevos criterios para las preventivas.

En el artículo 210 del nuevo Código, se plantean nueve opciones de “medidas coercitivas” previas a pedir la preventiva de un acusado. Esa medida sólo podrá solicitarse en caso de que “las medidas anteriores no fueren suficientes para asegurar los fines indicados”, es decir, “asegurar la comparecencia del imputado o evitar el entorpecimiento de la investigación”.

El articulado propone, antes de apelar a un pedido de prisión preventiva, que los fiscales o los querellantes soliciten “la promesa del imputado de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación”; “la obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada”; “la obligación de presentarse periódicamente ante el juez”; “la prohibición de salir sin autorización previa del ámbito territorial que se determine”; “la retención de documentos de viaje”; “la prohibición de concurrir a determinadas reuniones, de visitar ciertos lugares, de comunicarse o acercarse a determinadas personas”; “el abandono inmediato del domicilio, si se tratara de hechos de violencia doméstica”; “la prestación por sí o por un tercero de una caución real o personal adecuada”; “la vigilancia del imputado mediante algún dispositivo electrónico de rastreo”, o “el arresto en su propio domicilio o en el de otra persona”.

Ante la nueva reglamentación, la defensa del detenido De Vido pidió su libertad. Según informó el sitio Infobae, los abogados del exministro se presentaron ante el Tribunal Oral Federal Nro.1 (encargado de la causa por presunto fraude en la mina de Río Turbio) y ante el Tribunal Oral Federal Nro.7 (que se ocupará del caso cuadernos). El TOF Nro.1º rechazó el pedido; el 7 no se expidió.

“Venimos por medio de esta presentación, a solicitar que dispongan la excarcelación del Sr. Julio Miguel De Vido bajo caución juratoria o, en su defecto, bajo la caución y en las condiciones que estimen corresponder en tanto resulten de posible cumplimiento para el imputado; ello, en los términos de cuanto prevén las normas que comunican los artículos 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal”, plantearon los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro.

Tras la reunión de gabinete de ayer, el ministro de Justicia, Germán Garavano, dijo que los cambios “bajo ningún concepto deberían autorizar ningún tipo de libertades anticipadas o revocatorias de prisiones preventivas dictadas”.

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