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El Gobierno ya publicó los decretos: congeló naftas y sacó IVA a canasta básica

16 agosto de 2019

Como parte de la batería de medidas luego de las PASO y en medio de tensiones con las petroleras, el Gobierno decretó finalmente el congelamiento del precio de los combustibles por 90 días con los valores al 9 de agosto y con un tipo de cambio en torno a los $ 45.

También decretó la aplicación de una alícuota del 0% en el IVA para la venta de productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre próximo.

Tras no llegar a un acuerdo para congelar las naftas con las principales empresas del sector, el Gobierno había anunciado que utilizaría la Ley de Abastecimiento para ordenar la medida. Pero finalmente, se dictó a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia que entrará en vigencia a partir de este viernes por los próximos 90 días.

De acuerdo al Decreto 566/2019 las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local durante los próximos 90 días corridos deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al día 9 de agosto de 2019.

La normativa, que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri y de los integrantes del Gabinete nacional, puntualiza que se debe aplicar un tipo de cambio de referencia de US$ 45,19 y un precio de referencia BRENT de US$ 59 por barril.

También exige que las empresas productoras de hidrocarburos deberán cubrir el total de la demanda de petróleo crudo que les sea requerido por las empresas refinadoras locales, proveyendo de manera habitual y continua a todas las refinerías ubicadas en el país para responder a las necesidades internas.

Por otra parte, el Decreto 567/2019 establece la aplicación de una alícuota equivalente al 0% en el impuesto al valor agregado (IVA), a una serie de productos de la canasta alimentaria cuando se comercialicen a consumidores finales.

Dicha canasta está integrada por aceite de girasol, maíz y mezcla, arroz, azúcar, conservas de frutas, hortalizas y legumbres, harina de maíz y de trigo, huevos, leche fluida entera o descremada con aditivos, pan, pan rallado y/o rebozador, pastas secas, yerba mate, mate cocido y té, y yogur entero y/o descremado.

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