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Justicia da ultimátum a servicios de delivery y Gobierno porteño

12 julio de 2019

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó la apelación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y de una decena de empresas de delivery, e instó a normalizar la situación de trabajo de sus conductores, implementando de inmediato los cursos de capacitación para conductores de estos servicios, según informa el sitio iJudicial del Poder Judicial de la Ciudad.

Además, aseguraron que vencido el plazo de 60 días, deberá clausurar y/o inhabilitar de oficio a toda empresa que no se hallare debidamente registrada y cumpliendo todos y cada uno de los términos de la ley 5526.

A su vez, hizo saber a Rappi, Glovo, y a todas las personas físicas y/o jurídicas que desarrollan actividades homólogas a través de plataformas virtuales que dentro del plazo de 10 días de notificada la presente deberán solicitar la inscripción en el RUTRAMyC y la habilitación para operar.

El presidente de la Sala I, Carlos Balbín relató que "surge de la información oficial aportada por el Ministerio de Salud, que en el lapso de un mes y sólo en relación a la intervención de los hospitales públicos de la Ciudad, se registraron 25 accidentes en la vía pública que involucraron a conductores de motos o bicicletas afectadas al servicio de mensajería y reparto a domicilio".

Y añadió que "la Asociación de Personal de Plataformas (APP) relató un hecho que habría ocurrido el 12 de abril pasado vinculado a la muerte de un conductor que desarrollaba su trabajo en el marco de una plataforma digital".

Recordó que transcurrieron tres años desde la sanción de la ley 5526, de modo que el GCBA contó con tiempo más que suficiente para arbitrar las medidas necesarias para su implementación. En consecuencia, indicó que "es una norma vigente y operativa que debe ser cumplida. Las obligaciones allí previstas se encuentran inequívocamente ligadas a cuestiones de interés general, como la seguridad vial y el transporte adecuado de sustancias alimenticias. Estas obligaciones rigen para todas las personas que desarrollan las actividades reguladas en la Ciudad, cuenten o no con habilitación".

Además, Balbín citó el informe de la Comisión Mundial sobre el Futuro del Trabajo (Organización Internacional del Trabajo), donde destacaron "una serie de inquietudes relacionadas con la poca claridad de la situación en el empleo, el trato injusto, los bajos ingresos, los impagos, la falta de protección social y la falta de voz de los trabajadores"; y que "la mayoría de las plataformas no aplican al trabajo realizado las normas de protección de los empleados que establece la legislación laboral, puesto que los trabajadores suelen ser contratados como contratistas independientes".

En su disidencia parcial, la camarista Mariana Díaz destacó que las medidas dictadas en primera instancia, si bien otorgaron visibilidad a la causa, resultaron de escasa claridad en cuanto al alcance, las partes que deberían integrarlo y el carácter bajo el que su inclusión procedería, a la vez que algunas excedieron el ámbito de lo que podía resolverse en función del pedido cautelar formulado.

En abril, el juez Roberto Gallardo ordenó al Gobierno de la Ciudad que impida el funcionamiento de Rappi, Glovo y Pedidos Ya y les exigió que los empleados tengan casco y luces reglamentarias en sus bicicletas.

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