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Flexibilizan sociedades de garantía recíproca para mayor financiación de pymes

18 julio de 2019

El Ministerio de Producción y Trabajo flexibilizó la normativa de las sociedades de garantía recíproca (SGR) para posibilitar un mayor financiamiento a las pequeñas y medianas empresas, mediante la resolución 314/2019 de la Secretaría de Emprendedores y Pymes publicada hoy en el Boletín Oficial.

Luego de que en julio de 2018 se aprobaran las "Normas Generales del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas", la nueva resolución destacó que, en miras de mejorar el procedimiento que las regula, "resulta necesario adecuar el cálculo del grado de solvencia a valores más consistentes, toda vez que el Fondo de Riesgo a Valor de Mercado no resulta óptimo para el cálculo de la solvencia".

En consecuencia, indicó que es "imprescindible permitir a las SGR la continuación de sus operaciones, de manera excepcional, en los casos en que el índice de solvencia no se halle dentro del parámetro establecido".

La condición para esto es que las SGR puedan establecer un plan ordenado y detallado que llevarán a cabo durante el plazo que se otorgue, y cuyo único objetivo es la regularización respecto de los índices de solvencia establecidos por la autoridad de aplicación.

En este sentido, determinó que los fondos de riesgo deberán contar, al último día hábil de cada mes, con liquidez equivalente al 10% de los vencimientos previstos para el mes siguiente, sobre el valor total del saldo neto de garantías vigentes.

Serán considerados líquidos el efectivo y todos aquellos activos libres de restricciones legales, regulatorias, contractuales o de cualquier otra naturaleza, y que puedan convertirse en efectivo en el plazo de hasta 48 horas, con poca o nula pérdida de su valor de mercado.

Además, definió que no podrán efectuarse retiros de aportes, cuando de dichos retiros se derivara el incumplimiento del criterio de solvencia mínimo establecido, entre otros puntos de la resolución 314.

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