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Nueva prórroga de AFIP para Ganancias y BBPP

Se extendió hasta el 16 de julio el plazo para presentar las DDJJ, pero las fechas de pago no cambiario.

13 junio de 2019

Por Ariel Bazán

Después de las fuertes quejas que vinieron haciendo los contadores, que incluyó un recurso de amparo en estos días, la AFIP prorrogó hasta el 16 de julio la presentación de las declaraciones juradas de Bienes Personales, Ganancias y Ganancia Mínima Presunta.

El 5 de junio, la AFIP había anunciado una primera prórroga de un mes para las declaraciones juradas del impuesto a la renta financiera y de una semana para Ganancias y Bienes Personales.

La de ahora es la segunda prórroga del organismo, pero el problema es que sólo abarca a las presentaciones y no a las las fechas de pago, que serán la semana próxima. Así, las declaraciones juradas se podrán presentar hasta el 16 de julio, pero los pagos para los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 podrán hacerse hasta el 19 de junio, los finalizados en 4, 5 y 6 hasta el 21 de junio, y los terminados en 7, 8 y 9 hasta el 24 de junio.

Las declaraciones juradas se podrán presentar hasta el 16 de julio, pero los pagos serán entre el 19 y 24 de junio.

El problema, sostienen los contadores, es que los pagos no pueden hacerse si primero no se hace una declaración jurada que defina cuánto pagar. Por otra parte, explicó el contador Julián Ruiz, para calcular la renta financiera (que impacta en Ganancias) el problema seguirá siendo que “si los FCI continúan sin informar la composición de inversiones no se podrá determinar el Impuesto Cedular”.

En igual sentido, el contador José Luis Ceteri aseguró que la no postergación de los pagos podría hacer que varios contribuyentes “decidan presentar la declaración jurada primero y pagar después con los intereses del 3,76% mensual, a lo que podría sumarse alguna multa de AFIP (que generalmente no se aplicar)”.

Multinota

Por otra parte, la AFIP implementó el servicio “Presentaciones Digitales” (o “Multinota”) para hacer electrónicamente presentaciones y comunicaciones escritas con carácter de declaración jurada ante las direcciones generales Impositiva (DGI) y de los Recursos de la Seguridad Social.

La resolución general 4503/2019, publicada en el Boletín Oficial, precisa que la nómina de las presentaciones y comunicaciones, con su correspondiente fecha de habilitación, será publicada en el micrositio “Presentaciones Digitales” de la AFIP.

La “multinota” digital permitirá hacer presentaciones y comunicaciones escritas con carácter de declaración jurada.

En una primera etapa el servicio estará disponible para planes de pago, modificación del estado administrativo del CUIT, cambio de fecha de cierre de ejercicio, solicitud de baja de impuestos o regímenes y ejecuciones fiscales. Quedan excluidas las denuncias sobre sumarios por infracciones formales y materiales, y las impugnaciones de deudas.

Para hacer las presentaciones se deberá tener CUIT, CUIL, o Clave de Identificación (CDI); clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior; y domicilio fiscal electrónico. Todos los contribuyentes tendrán dado de alta el servicio automáticamente.

Ruiz explicó que este sistema permitirá hacer los reclamos de defensa ante el fisco de forma totalmente digital: “Esto evita el viejo problema de que las dependencias no recibían con sello los formularios, algo que a nivel judicial es como no haber ido nunca a reclamar”.

“Para evitar dejar un formulario sin sello se solía mandar carta documento al fisco o ir a la AFIP Central para que manden el formulario a la dependencia en cuestión, pero nunca había una respuesta. Pero ahora con este sistema se puede presentar un escrito con fuerza de ley y ver en que estado está”, agregó.

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