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El país desconoce otra vez sus obligaciones comerciales

La decisión del Gobierno de aumentar la tasa estadística supone otro torpe desconocimiento de la presente realidad legal y económica y reitera el enfoque de política comercial que fuera reprobado por el panel que Argentina perdió en el marco del Sistema GATT-OMC. ¿Un país en serio?

08 mayo de 2019

Por Jorge Riaboi Diplomático y periodista

La decisión que introdujo ayer el Gobierno del presidente Mauricio Macri al aumentar la tasa estadística, supone otro torpe desconocimiento de la presente realidad legal y económica. A primera vista, reitera el enfoque de política comercial que fuera reprobado hace un par de décadas por el panel que Argentina perdió en el marco del Sistema GATT-OMC. A ello se agrega el hecho de que los actores del país lesionados por la nueva medida no tienen impedimento alguno para impugnar sus efectos en los tribunales locales. Algunos parecen olvidar que la legislación nacional creada para ratificar la pertenencia argentina a esa organización, sirve para hacer valer esta clase de derechos ante los tribunales criollos (como ya sucediera, en los '90, con las acciones que llevaron a cabo los laboratorios farmacéuticos radicados en nuestro territorio que impugnaron la reglamentación sobre derechos de propiedad intelectual adoptada por el presidente Carlos Menem).

Al ver su estructura, sólo cabe imaginar que el Gobierno sabe por qué el nuevo decreto no fue refrendado por el Ministro de Relaciones Exterior ni por el Ministro de Producción, los que tienen responsabilidad e injerencia directa en el tema. O las razones por las que decidió ignorar los debates de la OCDE sobre Cooperación Internacional en Materia de Regulaciones, los que son naturalmente aplicables al criterio de política comercial que se acaba de adoptar.

Los fundamentos y las disposiciones transitorias destinadas a llevar del 0,5% al 2,5% (o sea un gravamen ad valorem) hasta fin de año la tasa estadística a la importación, para cubrir el costo del servicio estadístico, suponen:

Desconocer que las tasas o cargos que gravan exclusivamente a las importaciones deben guardar relación aproximada con el costo de ese servicio, lo que se debe demostrar no declarar (Artículo VIII:1 del GATT 1994). También requiere explicación la idea de eximir de este nuevo gravamen a las exportaciones, noción que implica, de facto, un tratamiento diferencial y por lo tanto privilegiado a esa actividad. Sólo el Gobierno puede explicar si al hacerlo evaluó los artículos 1 a 3 del Acuerdo sobre Subsidios de la OMC, bajo el que los subsidios a la exportación están inexorablemente prohibidos.

Ignorar que el artículo VIII:1 del GATT también dispone que la medida no puede crear una protección indirecta a la producción local ni un gravamen a las importaciones por motivos fiscales. En el artículo VIII:4:e se menciona con total claridad que el servicio estadístico está cubierto por las reglas del mencionado artículo.

Olvidar que en los años '90 la Argentina perdió el antedicho panel en el Sistema GATT- OMC a raíz de la aplicación de una medida similar, la que inspiró e introdujo el entonces ministro de Economía (Domingo Felipe Cavallo). En cumplimiento del fallo o conclusiones de ese grupo especial , el Gobierno tuvo que adaptar sus normas a otro marco de legalidad, el que sería igualmente discutible si se evalúan con toda la ortodoxia del caso el purismo de los problemas originados por la medidaa, terreno en el que por el momento prefiero no entrar. Habitualmente los ministros de Economía no están familiarizados con las obligaciones contractuales del país en el Sistema Multilateral de Comercio y suelen padecer del mal hábito de no solicitar, en forma anticipada, la opinión de gente experta. La historia de estos hechos indica que es siempre preferible que se equivoquen los médicos y no los curanderos.

El nuevo decreto del Poder Ejecutivo alude, entre sus fundamentos, que “el Gobierno se ha propuesto equilibrar las cuentas públicas y eliminar el déficit primario a partir del año 2019”. Ante semejante texto los abogados dirían “a confesión de partes, relevo de pruebas”.

Tampoco vale la pena comentar las alusiones a terceros países, y menos a Uruguay, por razones de buena educación política. Si la Argentina se ve afectada por las medidas de nuestro vecino, debería pedir su corrección o ejercer sus derechos legales en Ginebra. El hecho de que potencialmente haya otros trasgresores, no legaliza el enfoque nacional. Uno puede decir que el gobierno de Donald Trump es altamente prolífico en decisiones unilaterales prohibidas como el aumento de los gravámenes a la importación fuera de las reglas previstas con tal fin, como lo hizo con las modificaciones al arancel de importación del acero y el aluminio, así como el incremento unilateral de los aranceles a la importación que en estos días aplica a un gran paquete del comercio con China. Lo que cabría hacer es gestionar en forma colectiva una solución legal para poner en caja a Washington y pedirle, en el plano político, que sea un buen ciudadano del mundo y se pregunte si quiere o no ejercer liderazgo global en un planeta donde algunos ingenuos suponemos que en Occidente se desea conservar la regla de la ley. El mismo criterio sería aplicable a las trasgresiones que se observan en el nuevo Nafta suscripto, pero aún no ratificado, por Estados Unidos, México y Canadá las que sirven para desplazar ilegalmente, del mercado norteamericano, a los miembros de la OMC que no son parte de dicho Acuerdo.

Por otra parte, si lo que quiso hacer el Gobierno es una “avivada” y aplicar esta medida en forma transitoria para decir a fin de año “nos equivocamos, la vamos a derogar”, contando con que una objeción legal supone una presentación en los órganos relevantes de la OMC; consultas privadas y formales, la integración del panel relevante y otros procedimientos, lo que haría posible llevarnos a fin de año, debería ser consciente de que el país será protagonista de otro papelón. Tal enfoque nos reinserta en la clase de enfoque que empeora sin límites el concepto ambiental del país. Así nunca llegaremos a reflejar el impresentable slogan que Néstor Kirchner introdujo en el sitio de Internet de la Casa Rosada “La Argentina, un país en serio”. Obviamente, las precedentes reflexiones son sólo un análisis simplificado y muy elemental que exige este tema.

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