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A partir de hoy es obligatoria la factura electrónica para el monotributo

01 abril de 2019

Los monotributistas deben emitir a partir de hoy la factura electrónica en todas las categorías, para lo cual tendrán dar de alta un nuevo punto de venta, diferente al que utilizaban en la facturación manual.

De esta forma, la obligación de emitir factura electrónica comenzará a abarcar también a las categorías de menor facturación, debido a que hasta el momento sólo comprendía a los eslabones más altos del sistema. Asimismo, quienes permanezcan en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, se encuentran exceptuados de esta obligación.

https://twitter.com/AFIPcomunica/status/1112724547763994629

La AFIP precisó que "para poder emitir comprobantes electrónicos, los contribuyentes previamente deberán dar de alta un nuevo punto de venta, diferente al que utilizaban para facturar manualmente".

Esta gestión deberá ser realizada ingresando al sitio web del organismo, desde el servicio “Administración de puntos de venta y domicilios”, y luego se podrá facturar en forma electrónica desde el sistema “Comprobantes en línea” o desde la App Facturador Móvil.

Con esta disposición, se incorporaron de forma progresiva a las distintas categorías del Régimen Simplificado hasta sumar finalmente la “A”.

No obstante, podrán quedar exceptuados de la obligación aquellos contribuyentes que opten por emitir sus comprobantes mediante el uso de controladores fiscales, para lo cual deberán solicitar previamente la habilitación del equipo.

En el caso de no estar habilitados los servicios Comprobantes en Línea y ABM ? Puntos de venta, se deberá tramitar ambos ingresando el CUIT y Clave Fiscal. Luego, sucesivamente, se ingresará a la sección Servicios Administrativos para cliquear la opción Administrador de Relaciones de Clave Fiscal. Una vez en este lugar se deberá elegir la opción Adherir Servicio, para luego ya tener la posibilidad de confeccionar la factura a través de la opción Comprobantes en Línea.

En cuanto a la habilitación de un nuevo punto de venta deberá ser diferente al de la facturación manual y constará de cuatro dígitos numéricos que permitirán identificar la cantidad de emisión de comprobantes.

Para el alta de punto de venta se deberá ingresar con CUIT y clave fiscal al servicio Administración de puntos de venta y domicilios.

Los requisitos para quienes eligen el facturador móvil son los siguientes: sistema operativo Android de versión mayor a 4.1, no debe tener permisos de súper usuario y memoria mínima de 512MB, recomendada 1GB o superior, entre otras.

En el caso de emitir comprobantes desde un controlador fiscal, habrá que solicitar la habilitación del equipamiento accediendo al servicio con clave fiscal Gestión de Controladores Fiscales.

Para habilitar una impresora fiscal va a ser necesario contar con la intervención de un profesional en sistemas responsable de la adaptación o del diseño y desarrollo de la programación del sistema computarizado para la emisión de los comprobantes.

La habilitación para el uso del controlador fiscal será efectuada únicamente por el técnico autorizado por el proveedor del equipo y dentro de los 30 días corridos de entregado el equipo.

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