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La AFIP lanza plan de pagos en 60 cuotas

Es para las deudas impositivas que se encuentren en discusión en el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN), informó el organismo

06 marzo de 2019

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un plan de facilidades de pago para las deudas impositivas que se encuentren en discusión en el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN).

El plan comenzó a regir el 1° de marzo y finalizará el 30 de junio y, al adherir, el contribuyente deberá desistir de su reclamo ante el mencionado tribunal. La resolución general 4.434, publicada el viernes en el Boletín Oficial, alcanza a las obligaciones impositivas en discusión en el (TFN), siempre y cuando surjan de la acción fiscalizadora del organismo tributario vencidas hasta el 28 febrero, con sus respectivos intereses, actualizaciones y multas. Quedan exceptuadas las deudas aduaneras.

El plan comenzó a regir el 1° de marzo y finalizará el 30 de junio y, al adherir, el contribuyente deberá desistir de su reclamo.

El nuevo plan tendrá una cantidad máxima de 60 cuotas con un pago inicial a cuenta del 10 % del monto consolidado de deuda. Para las cuotas se tomará en cuenta la tasa de interés TM20 más el 5% y el cálculo tendrá una actualización trimestral. El monto mínimo del pago a cuenta será de $ 1.000.

Los contribuyentes que adhieran al nuevo plan de facilidades de pago tendrán una reducción del 30 % de los honorarios de los representan tes del Fisco por las deudas incluidas en este régimen.

Otra medida reciente del organismo fue extender hasta el 15 de mayo el plazo para que los FCI presenten información.

Quedan excluidos los anticipos, pagos a cuenta, retenciones, percepciones, intereses provenientes de capital cancelado, impuesto adicional sobre el precio final de venta de cigarrillos, impuesto sobre los combustibles líquidos y gas natural, regímenes promocionales, y el impuesto específico sobre apuestas.

Fondos comunes

Otra medida reciente del organismo fue extender hasta el 15 de mayo próximo el plazo para que fondos comunes de inversión (FCI) presenten la información correspondiente a las transacciones realizadas entre enero y marzo de este año.

Lo hizo mediante la resolución general 4.432/2019 publicada en el Boletín Oficial, en virtud de planteos efectuados por algunos sujetos obligados, respecto a ciertos inconvenientes en la normalización de la información a suministrar.

La norma señala que resulta aconsejable extender hasta el 15 de mayo el plazo para la presentación correspondiente a enero-marzo, con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables cumplir en tiempo y forma con la referida obligación fiscal.

La decisión se enmarca en el Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes (Siter), que comprende regímenes de información y registración, a cargo de las entidades financieras y de los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.

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