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Subte: se viajará gratis cuando no funcionen las escaleras o ascensores

12 febrero de 2019

La Justicia declaró incumplida la medida cautelar dispuesta por la Cámara de Apelaciones y dispuso que los usuarios estén exentos de pagar la tarifa al ingresar en aquellas estaciones de subte donde la instalaciones mecánicas (escaleras mecánicas, ascensores y/o salvaescaleras) estén fuera de funcionamiento.

Según consignó iJudicial, el titular del Juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andrés Gallardo, ordenó que, en el supuesto de verificarse tal situación, Metrovías SA deberá arbitrar las medidas necesarias para que en la estación no se cobre a los usuarios la tarifa correspondiente al servicio regular mientras persista el desperfecto.

En caso de que el usuario lo note al momento de salir de una estación, también podrá acercarse a la boletería y el personal deberá reintegrar el importe del pasaje en su tarjeta SUBE.

La sentencia sucede luego de que el pasado 13 de agosto de 2018, la Cámara resolviera cautelarmente que Metrovías SA debía acreditar en el plazo de diez días el funcionamiento de los ascensores y escaleras mecánicas. Sin embargo, en la última inspección del 7 de febrero de 2019, se verificaron 51 medios de accesibilidad sin operatividad, habiendo descontado ya los supuestos ajenos a la responsabilidad de Metrovías SA.

“Tal es el marco involutivo en que nos encontramos. Pareciera que pese a haber transcurrido más de dos años del inicio de la causa, las decisiones jurisdiccionales, las sanciones conminatorias, las necesidades de los usuarios, y las obligaciones contractualmente asumidas por el operador del servicio de transporte, Metrovías SA resultaría desinteresada en asegurar un eficaz funcionamiento de los ascensores y de las escaleras mecánicas instaladas en las estaciones de subterráneo”, expresó el juez.

Por último, aclaró que la decisión “alcanzará a todo usuario sin distingo en sus capacidades motrices”. Ya que, según consideró, los medios mecánicos de accesibilidad son de uso prioritario para aquellos mermados de su desplazamiento, pero no son exclusivos. “Así podrá pensarse en personas que se vean afectadas por una enfermedad permanente o transitoria, ancianas y ancianos, personas que se trasladen con niños, sujetos con lesiones temporáneas, etcétera”, concluyó.

El magistrado ordenó además tanto a Metrovías SA, como a SBASE difundir lo resuelto, para lo cual deberán fijar en cada boletería de toda la red el aviso que se confeccionará por Secretaría, además de publicarlo en los medios.

Esta no es la primera vez que el magistrado se pronuncia respecto a las deficiencias en los accesos para discapacitados: en octubre de 2018 le impuso una millonaria multa a la empresa de transporte.

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