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“En unos años, el 70% de las nuevas sociedades serán SAS”

La puesta en marcha de la nueva figura de la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), dice un experto, puede marcar un antes y un después en la creación de empresas

13 junio de 2017

Entrevista a Alejandro Ramírez Profesor de derecho societario de la Universidad Austral

Alejandro Ramírez, es socio del estudio HMMR y profesor de derecho societario de la Universidad Austral.  Es profesional de consulta de la SePyMe y trabajó cerca de la redacción de la Ley de Emprendedores. La puesta en marcha ? se supone ahora a principio de julio ? de la nueva figura de la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) lo entusiasma y asegura que puede ser un éxito y marcar un antes y un después en la creación de empresas.

¿Creés que la llegada de la SAS es un hecho trascendente?

Esta nueva figura jurídica apuesta a formalizar a las pymes y a los nuevos emprendimientos, que no olvidemos que son el motor del país. Y esto es muy importante. Además, la idea es que el Estado en este proceso de formalización coopere y no sea un obstáculo. La idea es cambiar la figura del “Cadete del Estado” que tiene que pasar por 11 ventanillas para inscribir una sociedad. Apuesta a la ventanilla única online y a que el Estado trabaje para el emprendedor que crea empleo.

¿En qué circunstancias recomendarías crear una SAS?

Si hoy tengo que pensar en una sociedad formal yo recomendaría pensar primero en este tipo de figura societaria por encima de cualquier otra. La SAS surge de una ley marcopara pymes y emprendedores pero creo que aplica para todo el ecosistema societario. No solo es una figura para las startups. En Colombia, que tiene una figura similar desde 2008, actualmente el 97% las empresas que se constituyen son SAS. Dejo a un lado otros tipos societarios.

¿Esto puede pasar también en Argentina?

Primero tiene que hablar el mercado. Existe la estructura y ahora hay que esperar a que el mercado la acepte. De todas maneras yo tengo confianza y creo que en unos años el 70% de las nuevas sociedades van a ser SAS. La IGJ tiene menos solicitudes para la creación de sociedades porque muchos están esperando la puesta en marcha definitiva de las SAS para adherirse. Hoy creo que es una figura superior a las que existen actualmente y no habría ningún motivo para elegir otro tipo societario. Obviamente excepto que estés dentro del marco que impone la ley para no poder formar una SAS: brindar servicios públicos, hacer una oferta pública de acciones o ser una sociedad del Estado.

¿Por qué te parece que va a tener una aceptación ampliada?

El mercado maneja otros tiempos y la ley no los estaba acompañando. La simplificación ataca el primer día de la sociedad, desde el momento en que se puede tramitar la inscripción en forma digital en 24 horas. En Córdoba por ejemplo, para hacer una Sociedad Anónima se puede tardar hasta dos años. En la vida de una empresa en dos años pueden pasar muchísimas cosas, incluso que no exista más. O simplemente que el socio se haya ido o que haya cambiado el negocio.

¿Es también más flexible?

Es un régimen más flexible y mucho menos rígido y que tiene en cuenta las necesidades de las empresas actuales. Hay un cambio de paradigma porque da autonomía para hacer los contratos societarios entre las partes. Las ventajas de simplificación y flexibilización son evidentes pero sin poner en riesgo las seguridad jurídica.

¿En qué podemos ver que se mantiene la seguridad jurídica a pesar de los cambios?

Por ejemplo, la identificación de los socios se mantiene de la misma forma que se venía trabajando en la Ley de Sociedades y se mantienen los mismos requisitos. Pero se incluye la firma electrónica registrada.

¿Qué valorarán específicamente los emprendedores de la SAS?

Poder comenzar con un solo socio y tener la posibilidad de incorporar otros más adelante. Tener libertad en la forma y en los tipos de acciones para incorporar socios inversores con diferente tratamiento. Llevar los libros de forma electrónica o digital. Y también poder establecer un objeto plural, sin tener la obligatoriedad de limitarlo. Esto es fundamental para los emprendedores que muchas veces cambian el objeto original con la evolución de su negocio.

¿Se simplifica también el cierre de la empresa?

Este tema es un desafío para el futuro. Se mantiene el mismo régimen de disolución y cancelación que el resto de los tipos societarios.  Hay voluntad de simplificar los trámites pero como se toca la seguridad jurídica de terceros, hay que trabajarlo con más cuidado.

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