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Acuerdo YPF-Chevron

¿Una luz de esperanza?

16 agosto de 2013

(Columna de Horacio Lazarte, economista y analista sectorial de abeceb.com)

La actividad productiva se sigue moviendo en terreno negativo en el sector, a pesar de los esfuerzos de YPF, que a partir de mayo logra un crecimiento de la producción petrolera mensual. En el agregado, la declinación continúa. No obstante, en junio la producción reflejó un salto, que se explicó por las distorsiones en la comparación con el año pasado cuando se desataba el conflicto en Cerro Dragón. En cambio, en el terreno gasífero la tendencia de declinación se profundiza, reflejando el proceso natural de agotamiento de los principales yacimientos. Esto incrementa las necesidades de importación y consecuentemente la salida de divisas, por lo que resulta imperioso incorporar nuevos yacimientos. Para ello, se requiere aumentar la actividad exploratoria y brindar más garantías a las inversiones.

En este marco, a más de un año de la creación de la ley de “Soberanía Hidrocarburífera” y de la expropiación de YPF, no se evidencian resultados positivos contundentes en el sector, por lo que el Gobierno intenta dar una nueva señal a la inversión.

Mediante el Decreto 929/2013 del 15 de julio de 2013, el Gobierno crea un régimen de beneficios para empresas que presenten proyectos de explotación por inversiones superiores a los U$S 1.000 millones. Entre los principales beneficios se destacan:

El derecho a exportar el 20% de la producción después de cinco años de explotación sin la tributación de derechos de exportación. Esto implica un fuerte cambio respecto al régimen actual donde existen retenciones móviles desde el año 2007, las cuales fijan el precio percibido por el exportador -en US$ 42 por barril exportado, modificado ese valor a partir de enero de este año a US$ 70 por barril-. Asimismo, se busca aumentar la orientación al destino externo en el plazo de cinco años debido a la reducción de los saldos exportables actuales, como también garantizar la disponibilidad de los recursos obtenidos por parte del concesionario.

La libre disponibilidad del 100% de las divisas provenientes de la exportación de los hidrocarburos, siempre que el proyecto aprobado hubiera implicado el ingreso de divisas a la plaza financiera argentina por, al menos, U$S 1.000 millones.

La obtención de precios de exportación en el mercado interno: en los períodos en que la producción nacional no alcanzase a cubrir las necesidades de abastecimiento, los beneficiarios del régimen gozarán a partir del quinto año del derecho a percepción del precio de exportación por la proporción susceptible de exportación definida (20%). Esto surge en un contexto de fuertes necesidades de revertir el desempeño productivo de la última década y restricciones en el mercado financiero internacional para la explotación del yacimiento Vaca Muerta por parte de YPF. Ante ello, resulta necesaria una explotación conjunta mediante socios estratégicos. En ese marco, YPF firma un acuerdo de explotación conjunta con la norteamericana Chevron.

El anuncio del régimen, unos días antes a la firma del acuerdo entre YPF y Chevron, viene a saltar medidas previas que dificultaban las garantías sobre las inversiones comprometidas en la explotación. Principalmente, las del Decreto 1277 del 27 de julio de 2012, el cual derogaba el régimen de explotación de la década de 1990, en especial en materia de libre disponibilidad de los recursos para la comercialización interna y externa, como también de las divisas generadas por la explotación (ya que derogaba los decretos 1055, 1022 y 1989 del año 1989).

La sanción del actual decreto 929/2013 muestra otra contradicción con una de las normas más importantes de los últimos meses que regulan al sector. Esta vez con el controvertido Decreto 1.277/12 sancionado hace un año, marcando, además, idas y vueltas en torno a la fijación de mecanismos de mercado, el establecimiento de aranceles y cuotas al comercio. Lo que aquel decreto derogó hace un año, el régimen a medida previo al acuerdo con Chevron lo restablece. Además de la libre disponibilidad de recursos, produce el restablecimiento del libre comercio sin arancel o de derechos de exportación, de los mecanismos de mercado para la fijación de precios internos y la libre disponibilidad de las divisas provenientes de la exportación del petróleo.

Si bien la sanción de este decreto se presume como condición necesaria de las inversiones en un posible acuerdo de explotación conjunta entre YPF y Chevron, el interrogante se da por la reacción del resto de los concesionarios que no entren al régimen. Es decir, convivirá un sector desregulado con otro fuertemente intervenido. También esto marca la continuidad de la falta de definición de normas que regulen claramente al sector y la abundancia de decretos que se contradicen entre sí en un plazo de un año.

Asimismo, la duda también surge por la concreta implementación, ya que entre los principales beneficios se otorga una concesión de treinta y cinco años mediante un decreto sin pasar por el Congreso y saltando las facultades de las provincias establecidas en la reforma constitucional de 1994 y la denominada ley corta en cuanto al otorgamiento de concesiones.

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