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La Argentina

Entre Griesa y Grecia.

06 noviembre de 2012

En forma algo inesperada, la Corte de Apelaciones de Nueva York ratificó el fallo del juez de primera instancia Thomas Griesa, en contra de la Argentina dictaron en febrero de 2012. El mismo da por probado que la Argentina incumplió con la obligación de tratamiento igualitario entre los bonos en cesación de pagos y el resto de la deuda no subordinada. Y ordena a la Argentina pagar a prorrata a los tenedores de deuda en cesación de pagos (holdouts) cuando realice pagos a los tenedores de deuda reestructurada en el canje. No es la primera vez que a la Argentina le ordenan que paguen y, hasta ahora, los pedidos de embargo no tuvieron éxito.

Entonces, ¿cuál es la novedad? En principio, este fallo habilita a los holdouts a demandar a los bancos intermediarios financieros que realizan pagos en nombre de la Argentina. En particular, Argentina realiza sus pagos en Nueva York y en Europa utilizando al Bank of New York como fideicomisario y agente de pago. Conviene explicar en forma breve el mecanismo de pago: para eludir embargos, la Argentina no paga directamente a sus acreedores sino que transfiere el dinero a un fondo fiduciario que, a su vez, es el que saca los pagos del país ya puestos a nombre de los bancos, las custodias o los mercados. Las consecuencias son importantes. Al comprometer el pago de los bonos en forma total o parcial, la implementación del fallo podría gatillar los seguros contra cesación de pagos (credit default swaps o CDS) y colocar a la deuda corriente en situación de default técnico.

Lo que puede, debe y va a hacer

La Argentina tiene algunas opciones. El secretario de Finanzas, Adrián Cosentino, anunció que se iba a apelar a la Corte Suprema de Justicia de EE.UU. La Corte Suprema sólo escucha unos 60 a 80 casos por año y revisa por escrito entre 50 y 70. Es casi una centésima parte de los casos que recibe. No hay un criterio único para la elección de esos pocos casos pero, en principio, debería haber desacuerdo en las instancias previas y, más importante, ser un asunto de interés nacional. En principio ambas condiciones no se cumplen. Al menos no completamente.

Los argumentos

Hasta aquí, no hubo desacuerdo en las instancias pero la Corte de Apelaciones devolvió el fallo al juez Griesa para que le dé una forma concreta a la fórmula de pago y explique por qué el impacto posible en los bancos intermediarios, especialmente en relación a la seguridad del sistema de pagos. Hay quienes sostienen, Mario Blejer o Guillermo Nielsen, por ejemplo, que es de interés de EE.UU. que la reestructuración argentina no sea bloqueada por los holdouts porque compromete incluso a la plaza de Nueva York como lugar privilegiado para la realización de emisiones de deuda. Más aún, en este punto los intereses de la Argentina se alinean con los del mercado financiero en general.

En esta línea, el Gobierno debería llevar adelante una buena diplomacia financiera aunque es cierto que ya hubo presentaciones a favor de la Argentina (amicus curiae) de la Reserva Federal, el Tesoro de EE.UU., The Clearing House entre otros. Aunque la implementación no es sencilla, sobre todo en lo que a hace a no interferir con el sistema de pagos, es posible que el juez Griesa determine una fórmula de pago, la Corte de Apelaciones la acepte y la Corte Suprema rechace la apelación argentina.

¿Qué hacer entonces? La Argentina podría demorar la ejecución del fallo pero no evitarlo. Una alternativa es redireccionar los pagos a jurisdicciones amigables. Sin embargo, las consecuencias sobre los CDS y el rating serían difíciles de evitar (como fue el caso de Grecia, por ejemplo). Esta es probablemente la opción que elegirá el gobierno argentino que ya descartó pagarle a los “buitres” y reiteró que iba a seguir sirviendo la deuda.

La disyuntiva

El dilema de política es más amplio que pagar o no pagar. “Vivir con lo nuestro” es posible para el Estado Nacional porque se financia con transferencias del Banco Central (reservas, ganancias y créditos al Tesoro). Sin embargo, las provincias, las empresas y las familias no cuentan con el privilegio del señoraje y el impuesto inflacionario. Así, el reclamo de los llamados fundos buitre, que avanzó un paso más, aumenta el costo de financiamiento en general. El dilema entonces es extender el financiamiento con emisión a las provincias, las empresas y las familias, y arriesgarse una aceleración inflacionaria. O convalidar tasas de interés más altas y arriegarse a eternizar la recesión.

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