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Alivio financiero para las Pymes

¿Qué oportunidades trae el nuevo plan para no desaprovechar?

10 agosto de 2018

Por Silvia Tedin Socia a cargo del Producto MISIÓN PYME de SMS ? San Martin Suarez y Asociados

Es sabido que las Pymes, en contextos como los actuales, necesitan más que nunca poder apalancar su negocio y,los planes de facilidades de pago han sabido ser históricamente, en otras épocas de contextos con ciertas turbulencias, una herramienta muy importante.

Con el último plan permanente, las Pymes aún esperaban ese salvataje de un amplio plan que les permitiese sanear sus deudas con el fisco en muchas cuotas, refinanciar los planes vigentes y poder volver a ponerse al día con sus obligaciones tributarias.

¿Qué plantea la resolución 4289 de AFIP vigente desde el 6 de agosto?

Cabe aclarar que no remite intereses ni tampoco condona sanciones, sino que es un plan que permite replantear el presupuesto anual de las Pymes.

¿Qué oportunidades trae el nuevo plan para no desaprovechar?

Se podrá incluir obligaciones mensuales y anuales vencidas hasta el 30/6/2018.

La adhesión al Plan se formalizará a través del pago de un anticipo del 5% si la categoría del SIPER es A, B o C y 10% si la categoría es D o E.

Hasta 48 cuotas y las cuotas debe ser de un mínimo de $1.000 iguales y consecutivas.

La tasa de financiación será del 2% para las Pymes categorizadas como micro y pequeñas y 3% para el resto de los contribuyentes. Para los planes en los cuales el acogimiento sea durante Agosto y Septiembre, y para los meses posteriores las tasas mencionadas se elevarán un punto respectivamente.

Un punto a destacar y muy importante es que permite refinanciar los planes vigentes que hayan sido presentados hasta el 30/06/2018, con lo cual  a partir del 13/8 estará disponible esta opción en el sistema “Mis Facilidades”.

Y como punto importantísimo permite ingresar las retenciones y percepciones impositivas que hasta la fecha casi ningún plan contemplaba.

El plan también permite la cancelación anticipada, y la caducidad se producirá con la falta de pago de  2 cuotas a los 30 días del vencimiento de esta última.

También se incluyen deudas en discusión administrativa, contenciosas y/o judiciales y, tiene prevista la cancelación de los honorarios de abogados a solicitud mediante nota y hasta en 12 cuotas  sin interés con un mínimo de $ 500.

El único punto que no se ha modificado respecto al último plan permanente es que sigue sin poder incluirse el saldo anual de impuesto a las Ganancias por los vencimientos que hubieran ocurrido durante 2018, para lo cual solo seguirá vigente la posibilidad de cancelarlo con el plan del SIPER de hasta 4 cuotas de acuerdo a la categoría de Riesgo Fiscal y, que hay que consolidar en el mes de vencimiento y/o en el siguiente.

Es momento de sentarse a revisar todas las obligaciones pendientes y ponerse al día utilizando las posibilidades del nuevo plan el cual estará vigente hasta el 31/10 de este año y  tendrá las mejores tasas en la medida que las adhesiones se realicen durante agosto y setiembre.

Y un tema no menor  es que actualmente muchas Pymes han perdido los beneficios de estar registradas y contar con su Certificado Pyme vigente, ocasionado por las deudas que han ido acumulando en los últimos meses. Es tiempo de hacer borrón y cuenta nueva, presentar el plan y volver a categorizarse expandiendo los plazos de pago de las obligaciones más antiguas y haciendo foco en el cumplimiento corriente.

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