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Los cambios parciales sirven en un contexto integral

Mauricio Macri dio a conocer los lineamientos generales de un plan de reformas que, entre los ejes centrales, incluye cambios en el sistema previsional

03 noviembre de 2017

Por Vanesa D'Elía Doctora en Economía y profesora de UCEMA

Hace pocos días el presidente Mauricio Macri dio a conocer los lineamientos generales de un plan de reformas que, entre los ejes centrales, incluye cambios en el sistema previsional.  Si bien han sido pocos los detalles que se brindaron hasta el momento,  se sabe que las reformas propuestas incluyen el cambio en la fórmula de ajuste de las jubilaciones y modificaciones en lo que el presidente llamó “jubilaciones de privilegio”.

Comencemos con el último punto. ¿Qué son los regímenes especiales y quienes están contemplados? Básicamente se trata de regímenes previsionales que están incluidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) pero tienen diferentes reglas a las del régimen general en cuanto a edad jubilatoria, años con aportes exigidos, cálculo del haber previsional y método utilizado para indexar los beneficios. Por ejemplo, entre los regímenes especiales se encuentran los sistemas que involucran a los jueces (Ley  24.018), el Servicio Exterior de la Nación (Ley 22.731), investigadores, científicos y técnicos (Leyes 22.929, 23.026 y 23.626), docentes no universitarios (Ley 24.016) y docentes  universitarios (Ley 26.508).

Uno de los puntos que ha transcendido es que se buscará homogenizar la edad jubilatoria de estos sistemas con la edad establecida en el régimen general, esto es 60 años para las mujeres y 65 para los varones. Sin embargo, si se analizan las edades exigidas por las normativas anteriores, la mayoría se encuentra bastante en línea con la edad requerida en la Ley 24.241, por lo que es de esperar que el impacto de modificar esta variable no resulte significativo en la sostenibilidad global del sistema, aunque sí favorece una mayor equidad.

En lo que sí hay grandes diferencias es en la forma en que se determina la jubilación inicial. Mientras que en el régimen general la fórmula para el cálculo de la jubilación arroja en promedio un haber que representa cerca del 60% de la remuneración de los trabajadores formales, las jubilaciones de las leyes especiales se establecen explícitamente entre el 82% y el 85% de los salarios. De ahí que la inequidad que generan estos regímenes dentro del SIPA tiene mucho más que ver con la forma de cálculo del haber (y también con la actualización) que con la edad.  Y aunque los trabajadores de estos regímenes aportan un diferencial en concepto de aportes personales, dicha diferencia no es suficiente para cubrir el  gasto adicional generado.

En cuanto al cambio en la forma de actualizar las prestaciones, es cierto que permitir una indexación trimestral (en lugar de semestral) favorece a los jubilados en tanto tienen que esperar menos para recibir los aumentos en su haber. Sin embargo, indexar las jubilaciones con la inflación sólo permitirá que el jubilado no pierda en términos reales, quitándole toda posibilidad de mejorar cuando la economía mejore. Habría que pensar en la alternativa de incluir el índice de salarios en el cálculo, de manera que todo aumento de productividad pueda también ser gozado por los adultos mayores. Por otro lado, cambiar las reglas de indexación de las jubilaciones del régimen general, sin cambiar las movilidades propias que tienen las leyes especiales, no favorece la equidad buscada. Tampoco la favorece mantener los regímenes provinciales sin armonizarlos con el régimen nacional.

En resumen, si bien hay que esperar la letra chica de las reformas planteadas, lo que se necesita  es un cambio integral del sistema más que un cambio parcial. La Ley 27.260 establece al año 2019 como límite al debate de un nuevo sistema previsional. La pregunta es,  en un contexto en el cual se discutirán cambios parciales para después volver a debatir cambios integrales en el sistema, ¿será suficiente el bono demográfico que Argentina todavía tiene a su favor? Para que esto sea así hay que discutir las reformas parciales dentro del marco de los cambios integrales y la responsabilidad de los actores sociales para lograr los consensos necesarios será crucial.

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