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Suspenden el aumento de tarifas de gas para pymes

Un juez federal de Córdoba dictaminó que se retrotraiga el esquema tarifario a sus valores de marzo, tras una cautelar presentada por Apyme. El Ministerio de Energía y Minería apelará.

28 septiembre de 2016

Cuando el Gobierno Nacional empezaba a dejar atrás las dificultades que le suscitó aumento de tarifas de gas natural para hogares de abril, la Justicia dictaminóla suspensión de la suba para los usuarios no residenciales en todo el país. El juez federal de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, resolvió retrotraer el cuadro tarifario a sus valores previos a las modificaciones introducidas por el Gobierno en abril y ofrecer un plan de pagos en cuotas para aquellos que adeuden el pago de las últimas facturas, según reveló en un comunicado la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme), propulsora de la medida cautelar.

El fallo, de alcance nacional, dispone “para el colectivo integrado por los pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines, la suspensión de las medidas contenidas en las resoluciones (emitidas por el Ministerio de Energía y Minería y el Enargas), la continuidad del cuadro tarifario del servicio de gas conforme al vigente con anterioridad al 31 de marzo del corriente año, es decir, sin variación alguna que no surja del propio consumo del usuario, y ello hasta el 27 de diciembre de 2016”, de acuerdo al comunicado de Apyme.

Asimismo, el juez resolvió ordenar al ENARGAS instruya a las empresas licenciatarias del servicio de gas para que “procedan, en el término de diez días y con los valores vigentes al 31/3/2016, a la refacturación de los consumos efectuados desde el 1° de abril de 2016 hasta la fecha, debiendo las prestadoras del servicio de distribución adoptar las medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago”, según el fallo.

En diálogo con El Economista, el tesorero de la entidad, Emilio Katz, compara esta resolución judicial con la de la Cámara Federal de La Plata ?y luego la Corte Suprema?, que en julio suspendió la suba de tarifas para usuarios residenciales por pedido del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS). “Lo que tomó en cuenta el fallo de la Corte fue únicamente las cautelares en nombre de los usuarios, considerando que había una representación homogénea del conjunto de usuarios domiciliarios. En cambio, se dejaron a un lado los otros reclamos porque las presentaciones que se habían hecho no tenían la homogeneidad que se requiere para solicitar una cautelar”, plantea. “La nuestra, por el carácter de nuestra institución, fue considerada admisible por el juez. A partir de ahí, el juez federal emitió el fallo por el cual se retrotraen las tarifas a marzo de 2016 y fija cómo resarcir a aquellos que han pagado o que todavía no lo han hecho, a que paguen en cuatro cuotas la tarifa anterior, sin intereses por falta de pagos ni ningún tipo de carga financiera”, agrega.

Sin embargo, la principal diferencia entre ambas presentaciones radica en los fundamentos de cada una. Mientras el reclamo de CEPIS era que se realizará una audiencia pública previa al aumento de tarifas, el de Apyme se enfoca en las consecuencias derivadas del incremento y se enmarca en un contexto más amplio. “(En la cautelar) consideramos aspectos que están en el artículo 42 de la Constitución, según los cuales la tarifa debe ser razonable, de acuerdo a la capacidad de pago del consumidor. Si no es como una confiscación”, sostiene Katz. En algunos casos, ejemplifica, comercios pequeños o medianos en el Gran Buenos Aires, como una industria de calzados en San Martín, pasaron de pagar en algunos casos de $ 50.000 a $ 800.000.

“Cuando el aumento del salario de los trabajadores en paritarias se fijó en alrededor de 32% y nosotros teníamos que pagar 500% de aumento en gas, significa que no tenemos la posibilidad de vender nuestros productos, con esos costos. Además, las tarifas no es el único factor que nos está afectando. Es la gota de agua que rebasó el vaso”, indica. Entre otros temas que menciona, están la apertura de importaciones, el momento que atraviesa el mercado laboral y la caída del consumo.

“Las pymes vivimos del mercado interno, si se abren en forma irrestricta las importaciones, no podemos competir con salarios asiáticos. Y en este momento estamos afectados también por la caída de consumo porque va quedando más gente desocupada, y entonces van cerrando las pymes. Y cuando cierran las pymes, que son las principales generadoras de empleo, se achica más (el mercado laboral). Es una bola de nieve que empieza a rodar”, advierte.

En tanto, desde el Ministerio de Energía y Minería confirmaron ayer a la agencias de noticias oficial Télam que apelarán la decisión judicial, tal como hizo en el caso de los residenciales. De este modo, la causa podría eventualmente necesitar de la definición de la Corte Suprema.

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